Arraigo en España: identifica qué modalidad puede encajar con tu situación
Existen distintas autorizaciones de residencia por arraigo y cada una responde a circunstancias diferentes. Estudiamos tu permanencia en España, tu situación familiar, laboral, social o formativa antes de determinar qué vía puede corresponder.
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¿Qué tipos de arraigo existen?
La normativa distingue cinco modalidades de arraigo. Elegir correctamente exige analizar las circunstancias concretas de la persona antes de preparar la solicitud.
Arraigo de segunda oportunidad
Dirigido a determinadas personas que fueron titulares de una autorización de residencia y no pudieron renovarla.
La autorización anterior y la causa de la falta de renovación son determinantes. Ver guía completa → 02Arraigo sociolaboral
Vinculado a una situación laboral que debe cumplir las condiciones establecidas para esta modalidad.
Revisamos permanencia, contrato o contratos y condiciones laborales. Ver guía completa → 03Arraigo social
Puede basarse en determinados vínculos familiares o en la acreditación de integración social, además de los restantes requisitos aplicables.
El expediente debe demostrar correctamente la situación social o familiar. Ver guía completa → 04Arraigo socioformativo
Relacionado con determinadas actividades formativas previstas por la normativa y con la acreditación de integración social.
No cualquier curso permite acceder a esta modalidad. Ver guía completa → 05Arraigo familiar
Reservado a determinados supuestos familiares definidos por la normativa, con condiciones diferentes de las demás modalidades.
No exige la permanencia mínima general de dos años. Ver guía completa →Dos años es la regla general, pero no cuenta igual en todos los casos
Como regla general, las modalidades de arraigo exigen haber permanecido en España de forma continuada durante al menos los dos años anteriores a la solicitud. El arraigo familiar no exige una permanencia mínima.
No basta con decir que llevas dos años en España. Hay que comprobar qué periodos pueden computarse y cómo puede acreditarse documentalmente la permanencia.
Primero determinamos qué arraigo corresponde
Un contrato, un familiar o una matrícula pueden ser relevantes, pero ninguno de esos elementos debe analizarse de forma aislada.
Tu historial en España
Revisamos permanencia, autorizaciones anteriores y las circunstancias administrativas que puedan afectar al expediente.
La circunstancia que genera el arraigo
Analizamos si el elemento principal de tu caso es laboral, social, familiar, formativo o una autorización anterior.
La prueba documental
Comprobamos si puedes demostrar correctamente los hechos y requisitos en los que se basará la solicitud.
Permanencia, situación administrativa y circunstancias personales deben formar un expediente coherente.
Qué comprobamos antes de presentar
Permanencia
Revisamos desde cuándo estás en España y qué documentación permite acreditar el periodo relevante.
Situación administrativa
Analizamos tu historial de extranjería y las autorizaciones o procedimientos anteriores que puedan afectar al caso.
Requisitos específicos
Cada modalidad tiene condiciones propias. Comprobamos cuáles debes acreditar antes de iniciar el expediente.
Documentación
Organizamos y revisamos las pruebas necesarias para que el expediente refleje correctamente tu situación.
La documentación cambia según el tipo de arraigo
No existe una lista única válida para todos. Primero identificamos la modalidad y después determinamos qué debe aportarse en tu expediente.
Permanencia e identidad
Revisamos la documentación personal y las pruebas que permitan acreditar correctamente tu presencia en España.
Situación específica
Contratos, vínculos familiares, formación, integración o autorizaciones anteriores según la modalidad que corresponda.
Documentación complementaria
Comprobamos certificados y demás documentos exigibles, incluida su preparación cuando proceda.
Dos personas que llevan el mismo tiempo en España pueden necesitar modalidades de arraigo y documentación completamente diferentes.
Arraigo extraordinario: un régimen distinto que debe estudiarse por separado
En 2026 existe además una vía extraordinaria con condiciones propias. No debe confundirse con las cinco modalidades ordinarias de arraigo.
¿Podría afectarte?
Si te encontrabas en España antes de 2026, conviene estudiar tu situación concreta para comprobar si esta medida extraordinaria puede resultar relevante.
Estudiar mi situación →Del análisis inicial a la presentación
Antes de tramitar, determinamos qué modalidad encaja y qué necesita realmente tu expediente.
Estudiamos tu caso
Analizamos permanencia, historial y circunstancias personales.
Identificamos la modalidad
Determinamos qué tipo de arraigo puede corresponder a tu situación.
Revisamos documentos
Comprobamos los requisitos y preparamos el expediente antes de presentar.
Presentación y seguimiento
Te acompañamos durante la tramitación y en los pasos posteriores.
El error más importante es elegir el arraigo equivocado
La modalidad debe determinarse después de estudiar toda la situación, no a partir de un único requisito.
Dar por hecho que todos los arraigos funcionan igual.
Contar la permanencia en España sin revisar cómo puede computarse.
Elegir una formación o aceptar un contrato sin comprobar antes los requisitos aplicables.
Presentar sin revisar conjuntamente todo el historial de extranjería.
Cuéntanos tu situación y comprobamos qué arraigo puede corresponderte
Indícanos cuánto tiempo llevas en España, cuál es tu situación actual y si tienes contrato, familiares, formación o una autorización anterior. Estudiaremos tu caso antes de iniciar el procedimiento.
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