Nacionalidad española: comprueba si ha llegado el momento de solicitarla
Estudiamos tu tiempo de residencia, tu situación personal y la documentación antes de presentar la solicitud de nacionalidad española.
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¿Cuántos años de residencia necesitas?
El plazo no es igual para todas las personas. Antes de iniciar el expediente identificamos qué plazo legal corresponde a tu situación.
Plazo general
Es el plazo ordinario establecido para la nacionalidad española por residencia.
Refugiados
Plazo previsto para quienes hayan obtenido la condición de refugiado.
Plazo reducido
Para nacionales de origen de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal, y sefardíes.
Supuestos específicos
La ley contempla determinados casos personales y familiares en los que basta un año de residencia.
No basta con haber cumplido los años
Un expediente de nacionalidad exige revisar conjuntamente residencia, integración y documentación. Por eso comprobamos el caso antes de presentar.
Residencia
Analizamos el periodo de residencia que puede computarse y comprobamos que el plazo aplicable esté cumplido.
Buena conducta cívica
Revisamos las circunstancias y documentación relevantes para este requisito antes de preparar el expediente.
Integración
Comprobamos las pruebas o acreditaciones que correspondan según tu situación personal.
Antes de inscribirte o aportar documentación, comprobamos qué debes acreditar realmente en tu caso.
CCSE, DELE y posibles exenciones o dispensas
Prueba CCSE
Evalúa conocimientos constitucionales y socioculturales de España cuando resulta exigible.
Prueba DELE
Sirve para acreditar el conocimiento de español cuando corresponde según la situación del solicitante.
Exenciones y dispensas
Determinadas personas pueden estar exentas de alguna prueba o encontrarse en un supuesto de dispensa que debe analizarse individualmente.
Guía completa sobre las pruebas CCSE y DELE
Consulta qué acredita cada prueba, quién puede necesitar realizarlas, qué debes comprobar antes de inscribirte y accede directamente a las páginas oficiales del Instituto Cervantes.
Preparamos el expediente antes de enviarlo
La documentación concreta depende de tu situación, nacionalidad y circunstancias personales. Nuestro trabajo es determinar qué necesita realmente tu expediente.
Identidad y residencia
Revisamos la documentación personal y la información necesaria para acreditar tu situación en España.
Documentos del país de origen
Comprobamos certificados y, cuando corresponda, los requisitos de traducción, legalización o apostilla.
Pruebas y circunstancias personales
Incorporamos las acreditaciones necesarias según el supuesto concreto por el que solicitas la nacionalidad.
Antes de presentar revisamos el expediente en conjunto para detectar ausencias, incoherencias o documentación que requiera preparación adicional.
De la revisión inicial a la presentación
Un proceso claro para saber qué estamos comprobando en cada fase.
Estudiamos tu caso
Calculamos el plazo y revisamos tu situación personal.
Comprobamos requisitos
Determinamos qué debes acreditar antes de iniciar.
Revisamos documentos
Preparamos el expediente y detectamos posibles carencias.
Presentación y seguimiento
Presentamos telemáticamente y te acompañamos durante la tramitación.
La concesión no es necesariamente el último paso
Tras una resolución favorable deben realizarse las actuaciones posteriores que correspondan para completar la adquisición e inscripción de la nacionalidad.
Jura o promesa e inscripción
Te orientamos también sobre los pasos posteriores a la concesión para que el procedimiento no quede incompleto.
¿Quieres saber si ya puedes solicitar la nacionalidad española?
Cuéntanos tu nacionalidad, cuánto tiempo llevas residiendo legalmente en España y tu situación actual. Revisaremos el plazo aplicable y los puntos esenciales antes de iniciar el expediente.
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